Por:DavidBM

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Primaria

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jueves, 31 de diciembre de 2015

Régimen Disciplinario Sector Educación

A continuación se les proporcionará el siguiente material que nos facilitará el trabajo a todos los trabajadores del sector educación.
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Planificación Curricular 2016

A continuación se les proporcionará el siguiente material que les facilitará el trabajo de planificación Curricular 2016
Planificación Curricular 2016
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Compromiso de Gestión Escolar 2016


A continuación se les proporcionará cuales son los Compromisos de Gestión Escolar 2016
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Balance del Año Escolar y Rendición de Cuentas

A continuación se les proporcionará los pasos a seguir el tercer momento del desarrollo del año escolar, denominado Balance del Año Escolar y Rendición de Cuentas
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Plan Anual de Trabajo 2016

A continuación se les proporcionará algunos documentos que les servirá como insumos y referente para la elaboración del PAT 2016:

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Proyecto Educativo Institucional 2016


A continuación se les proporcionará algunos documentos que les servirá como insumos y referente para la elaboración del PEI 2016

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domingo, 27 de diciembre de 2015

Ficha de evaluación del desempeño laboral 2016 para encargatura de los cargos directivos, jerárquicos y especialista en educación

Ficha de evaluación del desempeño laboral para evaluar a los profesores encargados en el presente año, en los cargos directivos, jerárquicos y especialista en educación.


RVM N 076-2015-MINEDU Normas para Encargatura de Directivos, Especialistas Educación y Jerárquicos 2016.
Descargar la ficha de evaluación AQUÍ
Descargar la RVM N° 076-2015 MINEDU AQUÍ


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sábado, 26 de diciembre de 2015

Valor de la UIT para el 2016 será de S/ 3,950

Valor de la Unidad Impositiva Tributaria en 2016 será de 3,950 soles: El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2016, que será de 3,950 soles y que servirá como índice de referencia en las normas tributarias.
De esta forma, el valor de la UIT se incrementa en 100 soles con relación al del 2015, que está fijada en 3,850 soles.
El valor de la UIT ha sido determinado mediante el Decreto Supremo Nº 397-2015-EF, considerando los supuestos macroeconómicos, según explica la norma legal publicado en el diario oficial El Peruano.

El dispositivo legal tiene la rúbrica del presidente Ollanta Humala y del ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura.
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Normas y Procedimientos para la Contratación de Servicio Docente - Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar para el año 2016»

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban Norma Técnica "Normas y Procedimientos para la Contratación de Servicio Docente de Profesores de Educación Física para el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar para el año 2016"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 095-2015-MINEDU

Lima, 22 de diciembre de 2015


Vistos, el Expediente 227719-2015, los Informes N° 78-2015-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y N° 84-2015-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, y el Informe N° 968-2015-MINEDU/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley N° 29944Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente;
Que, el artículo 77 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educación define la política de contratación docente;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley de Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva; siendo el referido contrato de plazo determinado, cuya duración no puede ser mayor al periodo que corresponde al año fiscal respectivo dentro del cual se efectúa la contratación; al cual se accede por concurso público;
Que, el artículo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, establece que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada;
Que, a través de los Informe N° 78-2015-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y N° 84-2015-MINEDU/VMGPDIGEBR-DEFID, de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica que establezca los aspectos relacionados a la contratación de los profesores de educación física que dictarán horas durante el año 2016 en el marco de la implementación del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2015-MINEDU.
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas y Procedimientos para la Contratación de Servicio Docente de Profesores de Educación Física para el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar para el año 2016", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y a las Unidades de Gestión Educativa Local.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese

FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA 

Viceministro de Gestión Pedagógica
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Aprueban Norma Técnica para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban Norma Técnica "Normas para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016"
Lima, 22 de diciembre de 2015
VISTOS, el Oficio N° 2051-2015-MINEDU/VMGPDIGEBR, el Informe Nº 051-2015-MINEDU/VMGPDIGEBR-GAD; el Informe N° 483-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UPP; y el Informe N° 971-2015-MINEDU/SG-OGAJ;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 034-2015-MINEDU se aprobó el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, cuyo numeral 3.1 señala que el mismo es una estrategia de intervención educativa y social que implementa las políticas 9 y 10 del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2012 - 2016, del Ministerio de Educación, referidas a la promoción de la actividad física regular, la recreación y el deporte a nivel escolar, juvenil y adulto, y a la promoción del deporte competitivo; para lo cual establece líneas de acción o componentes transversales para los niveles de inicial, primaria y secundaria, entre ellas, ampliar la cobertura de atención a través de la contratación de profesores de educación física, y equipar con materiales deportivos a las instituciones educativas para el logro de los aprendizajes en educación física, entre otros;
Que, el literal j) del numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/. 2 920 187 717,00 (DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para, la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, así como la adquisición de bienes y servicios, para las acciones relacionadas, entre otras, al Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular;
Que, el numeral 21.4 del artículo 21 de la referida ley, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas por dicho artículo se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previa aprobación de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia;
Que, de acuerdo con el artículo 114 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, la Dirección de Educación Física y Deporte, de la Dirección General de Educación Básica Regular dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, es responsable de formular e implementar articuladamente las políticas, planes y documentos normativos para el deporte y la educación física en la educación básica regular; y conforme al literal o) del artículo 9 del referido Reglamento de Organización y Funciones, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia;
Que, a través del Informe N° 77-2015-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, la Dirección de Educación Física y Deporte sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016", documento normativo elaborado por dicha Dirección con la finalidad de crear las condiciones que garanticen la formación integral de los estudiantes a partir del diseño de una ruta pedagógica y de gestión eficiente basada en Redes; lo que permitirá viabilizar las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional establecidas en el numeral 21.4 del artículo 21 de la Ley N° 30372;
Que, mediante el Informe N° 483-2015-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto señala que desde el punto de vista presupuestal la propuesta de "Normas para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016", constituye el sustento normativo para viabilizar las transferencias de recursos a favor de los Gobiernos Regionales mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, conforme lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 30372;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial N° 034-2015-MINEDU, que aprueba el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar;

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en el año 2016", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y a las Unidades de Gestión Educativa Local, la difusión e implementación de la Norma Técnica aprobada por el artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el 
Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA 

Viceministro de Gestión Pedagógica
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Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica (R. M. Nº 572-2015-MINEDU)

Establece orientaciones y criterios para la planificación, ejecución, acompañamiento, monitoreo, supervisión y evaluación de actividades educativas durante el año escolar 2016: Con la finalidad de establecer orientaciones y criterios para la planificación, ejecución, acompañamiento, monitoreo y supervisión de las actividades educativas a desarrollarse durante el año escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica, el Ministerio de Educación (MINEDU), aprobó la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica", mediante Resolución Ministerial Nº 572-2015-MINEDU, publicada, recientemente, en el diario oficial El Peruano.
Esta norma se aprobó, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial Nº 520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", según señala la R.M. Nº 572-2015-MINEDU.

Asimismo, debemos precisar que, esta norma se ampara en el literal a) del artículo 80° de la Ley que señala, entre otras funciones del Ministerio de Educación, la de definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específicas de equidad; Que, las actividades educativas deben desarrollarse en el respectivo año escolar, dentro del marco establecido en la Ley Nº 28044 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED.
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SINEACE ya otorgó 172 acreditaciones a colegios, institutos y universidades

Balance del avance de la calidad educativa en el 2015: La cultura de la calidad educativa se está internalizando con fuerza en colegios, institutos y universidades del país, y esto se ve reflejado en las más de 170 acreditaciones que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) ha entregado a la fecha.
De ese total, la distinción nacional mencionada se entregó de manera institucional a tres (03) colegios y 13 institutos pedagógicos; además de otorgársele a 79 carreras técnicas, 76 carreras universitarias y a una opción ocupacional de un centro de educación técnico productivo (cetpro).
Según registros de la Oficina de Estadística y Monitoreo del Sineace, además de ellos también se encuentran en proceso de autoevaluación 1,676 carreras en 70 universidades institucionalizadas, tres escuelas militares con rango de universidad, el Centro de Altos Estudios Nacional y la Facultad de Teología y Civil de Lima.
En esa misma fase hay 697 carreras técnicas de 250 institutos de educación superior y 274 especialidades ocupaciones de 122 centros de educación técnico productivos.
A nivel de colegios, son 575 los planteles que se encuentran realizando el proceso para poder alcanzar su acreditación, lo mismo que 146 institutos pedagógicos.
Cabe indicar que tras la promulgación de la Ley Universitaria, la misma que permitió un trabajo unificado en el Sineace, se logró agilizar los procesos de acreditación y solo en el 2015 se entregaron 100 de las 172 acreditaciones otorgadas.

Se espera que en los próximos meses se entregue un número similar, puesto que en la fase de Evaluación Externa (la fase previa al otorgamiento o no de la acreditación), se encuentran 60 carreras universitarias, 15 carreras técnicas y 17 institutos pedagógicos.
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Clases escolares empezarán el 14 de marzo por Fenómeno El Niño, informó el MINEDU

Se ha previsto una semana de planificación del equipo directivo y docente (Del 01 al 11 de marzo), y el inicio de clases para el 14 de marzo: Sin embargo, podrían reprogramarse si hay dificultades climáticas en algunas regiones.
El 14 de marzo del próximo año empezarán las clases en las escuelas públicas y privadas del país, aunque esa fecha estará sujeta a una eventual recalendarización, según como se presenten las condiciones climatológicas en las regiones por efectos del Fenómeno El Niño, anunció el ministro de Educación, Jaime Saavedra.
Las fechas se especificarán de acuerdo a las variaciones de clima que muestren las 14 regiones declaradas vulnerables para enfrentar el fenómeno natural. Actualmente, 35,000 escuelas públicas de esas zonas ejecutan obras por S/.240 millones y están en pleno proceso de reforzamiento de infraestructura.
"En enero y febrero se definirán las fechas de recalendarización de acuerdo a las contingencias que se presenten. Estamos culminando la fase de prevención y decidiremos qué escuelas necesitan aulas y baños prefabricados", comentó el ministro durante la convocatoria de admisión para los Colegios de Alto Rendimiento (COAR).
En la conferencia de prensa Saavedra Chaduvi precisó que gracias a los comités de operaciones que sirven para enfrentar las situaciones de emergencia, la comunidad educativa estará preparada para afrontar el Fenómeno El Niño.
El ministro estuvo acompañado de la coordinadora de los COAR, Marilú Martens, quien anunció que este año se sumarán ocho regiones a ofrecer este servicio educativo. Estas son Ica, Lambayeque, Loreto, Ucayali, Apurímac, Huánuco, Madre de Dios y Cajamarca.
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Las carreras mejores pagadas en el mercado laboral peruano

 Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Elaborado en base a información del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: En el siguiente artículo, elaborado en base a información del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), entérate de cuáles son las carreras mejores pagadas en el mercado laboral peruano y elige una que esté en línea con tu orientación vocacional para empezar a estudiar.
La información, que se puede encontrar en la página web www.ponteencarrera.pe, muestra una lista del ingreso promedio de los jóvenes egresados de carreras universitarias entre el 2010 y 2014.
El estudio comprende información de jóvenes, entre 18 a 29 años, egresados en el periodo mencionado que ejercen en una jornada laboral.
De esta manera, a partir de la orientación e información oportuna se puede tomar una decisión adecuada en la elección de la carrera profesional.
Anteriormente, el titular del MTPE, Daniel Maurate, informó que las carreras mejores pagadas en el mercado laboral formal son Geología (3,409 soles) e Ingeniería Civil (3,373 soles).
El ministro explicó, asimismo, que el MTPE tiene a disposición de escolares y adolescentes el Servicio de Orientación Vocacional e Información Ocupacional (SOVIO), cuya finalidad es promover la construcción del proyecto de vida de los estudiantes.
Esta es la lista del ingreso promedio de las carreras universitarias:
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